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Prevención Contra Incendios forestales en el término municipal de Andújar

El término municipal de Andújar está dividido por el río Guadalquivir, quedando al norte la Sierra de Andújar perteneciente a Sierra Morena  y al sur la vega y campiña. Andújar tiene una superficie de 964,9 km² y cuenta con 37.975 habitantes.

Las zonas de peligro de Andújar se dividen en tres zonas: zona forestal, zona de influencia forestal y zona agrícola con diferencias entre ellas en obligaciones y procedimientos.

La Zona Forestal (ALTO RIESGO INCENDIOS) se ubica por encima del recorrido del canal del Rumblar. Dentro de esa gran zona podemos distinguir LAS VIÑAS, PARQUE NATURAL SIERRA DE ANDÚJAR, ÁREAS RECREATIVAS ENCINAREJO Y JÁNDULA, DEHESA VIRGEN DE LA CABEZA, Y ZONA PREPARQUE Y RED NATURA 2000.

1. ¿Qué instrumentos tenemos para actuar ante un incendio forestal?

Pues conjuntamente con el Plan Emergencias Incendios Forestales de Andalucía donde INFOCA y 112 tienen su referente logístico y organizativo para actuar ante un incendio forestal, el Ayuntamiento de Andújar tiene aprobado un importante PLAN LOCAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES donde se detallan todos los recursos disponibles para actuar ante un incendio. También los PLANES DE AUTOPROTECCIÓN y PLANES DE PREVENCIÓN obligados a realizar por cada propietario. Y recientemente se ha incorporado otra herramienta de planificación y prevención como es el PLAN DE EMERGENCIAS INTERFAZ LAS VIÑAS.
Existen también al menos dos Agrupaciones de Defensa Forestal (ADFs)
Como ya hemos citado destaca el sector forestal de Las Viñas por su altísima posibilidad de incendios de grandes dimensiones con incidencia a personas. Se ubica en una “zona interfaz” urbano-forestal. Se entiende por interfaz urbano-forestal la zona en la que el terreno forestal se encuentra en contacto con las edificaciones.
El contacto de las viviendas con la vegetación supone un peligro potencial en caso de un incendio forestal. La zona de Las Viñas es considerada como unos de los parajes con mayor riesgo ante un eventual incendio de toda Andalucía, debido a que es un área densamente poblada, sobre todo, durante el estío, al concentrar gran número de viviendas que son usadas como segunda residencia.

2. Plan de Emergencias contra incendios forestales en zona interfaz de las viñas

En Las Viñas nos encontramos ante un mosaico de parcelas de pequeño y medio tamaño (entre 1 Ha y 10 Ha) distribuidas en una superficie de 2614.3 ha y que alberga
alrededor de 809 edificaciones, que puede alcanzar un pico de hasta 5.000 personas en época veraniega atraídos por sus paisajes, un microclima más benevolente y por la sensación de estar en unos parajes de alto valor ecológico. Y por supuesto también nos encontramos ante una de las zonas de interfaz con más riesgo de incendios de Andalucía.
Por estas cuestiones se inició un novedoso y pionero Plan de Emergencias en el que intervienen tres administraciones: 112-GREA, INFOCA y Ayuntamiento de Andújar, que persigue los siguientes objetivos:
- Elevar la percepción individual y colectiva del riesgo de vivir o residir temporalmente en una zona altamente arbolada y con una densa red de caminos en ocasiones laberínticos.
- Obtener información técnica-científica de todas y cada una de las viviendas situadas en Las Viñas relacionada con riesgos ante incendios.
- Levantar información topográfica y geográfica real y actualizada de la ubicación exacta de cada vivienda.
- Describir topográficamente todos los caminos públicos, privados, comunitarios,… que partiendo de las carreteras que atraviesan La Viñas, llegan a las viviendas.
- Identificar con un código cada vivienda.
- Identificar con un código cada camino.
Es necesario realizar este estudio, novedoso y pionero en Andalucía, de la Sierra de Andújar, dividiéndola en zonas, con objeto de identificar y localizar cada propietario de las edificaciones, además de llevar a cabo una campaña informativa, asesorativa y divulgativa para los propietarios de las viviendas localizadas en los sectores de La Alcaparrosa, Capellanía y la Garzona, La Concepción, Crta de La Lancha, Alto de Peñascal y Carretera de La Cadena.

Este Plan de Emergencias se lleva a cabo por técnicos, que se desplazan hasta Las Viñas para realizar una toma de datos básicos, exclusivamente de prevención de incendios, sobre la vivienda y la vegetación del entorno, los cuales han sido trasladados a los Servicios de Emergencias, quienes han asignado a cada uno de los caminos de acceso y cada una de las edificaciones un número identificativo.
Con ese número identificativo, exclusivo de su finca, el 112 e INFOCA podrán actuar de una forma mucho más rápida y eficiente gracias al conocimiento tanto de su localización exacta como de las características de la parcela en la que está ocurriendo la emergencia y usted también podrá comunicar su localización y advertir con tiempo de cualquier posible situación de peligro (incendio, accidente, emergencia sanitaria,…).
Con este Plan de Emergencias se pretende, lograr asesorar y sensibilizar al mayor número de propietarios, usuarios y visitantes, elevar al máximo la percepción de riesgo de cada propietario, usuario y visitante, aumentar la seguridad de cada uno de los usuarios que se encuentren en las viviendas o áreas recreativas y conseguir el máximo nivel de percepción de riesgo en los propietarios, usuarios y visitantes.

Panel informativo zona de riesgo por incendios forestales, Peñallana y El Portichuelo.

Señalización de caminos.

Pegatinas identificativas de viviendas y caminos.

Panel informativo Plan de Prevención y Emergencias de Incendios Forestales, Carretera A-6177

2.1. Estado del trabajo

Los sectores han sido completados a excepción de Ctra. La Lancha donde próximamente se realizará la señalítica de los caminos de acceso a vivienda


2.2. Ficha Evaluación de riesgo por incendio de interfase urbano forestal.


La toma de datos se realiza in situ en presencia de la propiedad cumplimentando la
siguiente ficha:

3.Oficina Técnica de Información sobre Incendios Forestales.

La Delegación de Medio Ambiente del Excmo. Ayuntamiento de Andújar pone adisposición de los propietarios y usuarios de la Sierra de Andújar los servicios de una oficina técnica de asesoramiento en materia de prevención de incendios forestales, ubicada en Torreón de los Valdivias, C/Maestras Nº10.
Télefono: 953512410
Email: mambiente@andujar.es

4. Guía rápida de prevención y actuación en caso de incendio forestal.

5. ¿Qué medidas de prevención debo adoptar si mi casa, cortijo, chalet, casilla o cuadra está cerca o próxima o dentro de una zona arbolada o con vegetación?

- Crear una faja de protección sin vegetación (arbórea, arbustiva y herbácea) alrededor de su viña (casa y lonja) de 15 metros de anchura.
- Mantener limpios de vegetación los caminos de titularidad privada, tanto los internos como los de acceso, así como las cunetas, en una anchura de 1 metro y controlar que las copas de los árboles no se crucen en los caminos formando túneles.
- Mantener los árboles dentro de su parcela (fuera de los 15 metros de seguridad) podados y limpios de ramas secas.
- Las líneas de suministro eléctrico deben ir por fajas cortafuegos.
- No utilizar ningún tipo de maquinaria que pueda generar chispas en el período de alto riesgo.
- Evitar la acumulación de materiales, productos inflamables o cualquier tipo de residuos o basura dentro y fuera de su viña.
- Evitar el cerramiento de la parcela o en caso de cerramiento utilizar alambrada.

6. Normativa vigente en materia de prevención y lucha contra incendios forestales

- Ley 5/1999: Prevención y Lucha contra Incendios Forestales.
- Decreto 247/2001: Reglamento de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales.
- Decreto 371/2010: Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y se modifica el Decreto 247/2001.
- Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias en Andalucía.
- Decreto 108/1995: Plan de Lucha contra los incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Orden de 21 de mayo de 2009, por la que se establecen limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal.

7. Limitaciones en el uso del fuego.

Según el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, en terrenos forestales y zonas de influencia forestal "se prohíbe, durante todas las épocas del año, encender fuego para cualquier uso distinto de la preparación de alimentos en los lugares
expresamente acondicionados al efecto, con la excepción del empleo del fuego en actividades agrarias”.
Sin embargo, del 1 de junio al 15 de octubre de cada año, época de mayor riesgo de incendios, está prohibido encender fuego para la preparación de alimentos o para cualquier otra finalidad, a excepción del uso de barbacoas en establecimientos de alojamiento turístico autorizados con la única finalidad de preparar alimentos o en restaurantes rurales, para lo que se tendría que solicitar una Autorización excepcional para realizar actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal del 1 de junio al 15 de octubre.
Por tanto, en el Área Recreativa del Encinarejo en época estival está prohibido el uso de las cocinas.

8. Obligación de los propietarios a la realización del plan de autoprotección contra incendios forestales

Los propietarios tienen la obligación de realizar y tener vigente cada cinco años el Plan de Autoprotección que incluye acciones preventivas, según la normativa vigente (el Artículo 42 de la Ley 5/99 de Prevención y Lucha contra Incendios), el cual debe de ser presentado en el Excmo. Ayuntamiento.
Podemos definir los planes de autoprotección de la siguiente manera; son una serie de medidas y actuaciones recogidas en un documento que tiene como objetivo prevenir y luchar contra los incendios forestales y emergencias procedentes en el interior de la propiedad. Este plan debe ser realizado por empresas, núcleos de población aislada, urbanizaciones, campings, asociaciones con fines de explotación forestal o en relación a actividades ubicadas en zonas de peligro.
Un Plan de Autoprotección debe cumplir al menos los siguientes objetivos específicos:
- Descripción del establecimiento, sus instalaciones y los sectores o zonas de riesgo potencial.
- Identificar, analizar y evaluar los riegos propios y los externos.
- Garantizar la disponibilidad de personas formadas y preparadas para una rápida y eficaz actuación.
- Garantizar la intervención inmediata, la evacuación y/o confinamiento (en caso necesario).
- Prevenir de los posibles sucesos adversos a todas aquellas actividades, centros, establecimientos, espacios, instalaciones y dependencias recogidos en el anexo I que puedan resultar afectadas por situaciones de emergencia
- Identificar los medios de protección existentes y necesarios para mitigar los posibles sucesos. (humanos y materiales).
- Cumplir la normativa vigente.
Los planes de autoprotección tienen como contenido abarcar labores de vigilancia y mantenimiento, así como medidas de prevención ante diversos riesgos. Esta acción actúa como complemento a las ya expuestas en los Planes Locales de Emergencia por Incendios Forestales. Con ello se intenta proteger la salud de las personas y sus pertenencias, permitiendo la evacuación en caso de que fuese necesario.
Para una correcta presentación de la solicitud se debe realizar una elaboración y una aprobación según se detalla a continuación:
-Los planes de autoprotección se realizarán de forma obligatoria bajo la responsabilidad del titular o representante de la propiedad a inscribir.
-Se deberán presentar en las diferentes entidades locales, las cuales se encargarán de su aprobación. Se deberá presentar en los plazos establecidos y siguiendo el reglamento vigente.
El tiempo que transcurre desde que se presenta la solicitud hasta su aprobación es variable. Primero se presenta la solicitud en el ayuntamiento correspondiente y posteriormente tendrá que ser aprobado en pleno por la corporación, seguidamente se remite al COP.
La tasa de incendios estará destinada a todos los propietarios que estén afectados por incendios forestales, si el propietario pertenece a alguna ADF (Asociación de Defensa Forestal) goza de una bonificación del 25% del importe de la tasa y si además posee el plan de autoprotección, estará exento de pagar la tasa de incendios.
Se procederá a la entrega y explicación del modelo del Plan de Autoprotección de Incendios Forestales a cada propietario que lo requiera en la oficina técnica de prevención de Incendios Forestales del Ayto. de Andújar.

9. Plan de prevención de incendios en terrenos forestales con superficie igual o inferior a 400 hectáreas

Los propietarios deben obtener la aprobación del Plan de Prevención de Incendios para terrenos o explotaciones forestales, tanto públicos como privados, que no posean un Proyecto de Ordenación de Montes o un Plan Técnico y cuya superficie sea igual o inferior a 400 hectáreas.
Este plan es el instrumento técnico de planificación donde se contemplan las actuaciones que deben realizarse en los terrenos forestales para prevenir la producción de incendios, y en el que se deberán incluir las características y distribución de la vegetación, el riesgo de incendios, la situación del terreno respecto a la prevención y las actuaciones previstas en relación a tratamientos selvícolas preventivos de incendios, cortafuegos y construcción de infraestructuras de apoyo.
El órgano tramitador del Plan de Prevención de Incendios Forestales es Delegación Territorial de la Consejería.
Se procederá a la entrega y explicación del modelo del Plan de Prevención de Incendios Forestales a cada propietario que lo requiera en la Oficina Técnica de Prevención de Incendios Forestales del Ayto. de Andújar.

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